Retiro de cursos

Se considera retiro de un alumno en un curso a su apartamiento voluntario y autorizado del mismo.

El reglamento de la PUCP considera dos tipos de retiro:

Retiros ordinarios

Dentro de las primeras ocho semanas de clase, el alumno podrá, sin expresión de causa, retirarse de uno o más cursos en los que se hubiere matriculado vía Campus Virtual PUCP.  (Art. 25)

Retiros extraordinarios

Con posterioridad a las primeras ocho semanas de clase, el Decano podrá autorizar el retiro de un alumno de uno o varios cursos únicamente de manera excepcional y tomando en cuenta las razones aducidas, el promedio y asistencia del alumno en cada uno de los cursos materia de su solicitud,  de acuerdo con el dictamen de los reglamentos respectivos.

Excepcionalmente, mediante Resolución Rectoral y previa evaluación, se podrá condonar el saldo de los derechos académicos de los cursos de los que se ha retirado el alumno, siempre y cuando el retiro se deba a una situación extraordinaria e imprevista que irrogue gastos extraordinarios o que afecte o pudiere afectar gravemente la situación socioeconómica del alumno. La solicitud de condonación, junto con los documentos que acrediten los motivos que en ella se exponga, deberá ser presentada por el alumno al buzón de la Secretaría General (secgen@pucp.edu.pe).

El retiro de un alumno de alguno o de todos los cursos en que se ha  matriculado, se tendrá en cuenta únicamente para efectos académicos, aún cuando se aduzcan razones de salud, y no modifica el monto de los pagos a los que el alumno se ha comprometido. (Art. 26)